Darán hasta 45 años de prisión a quien altere vacunas y pruebas COVID-19; Senado aprueba reformas

Los legisladores señalaron que se ha detectado el intento de comercializar vacunas, pruebas falsas y medicamentos adulterados

Darán hasta 45 años de prisión a quien altere vacunas y pruebas COVID-19; Senado aprueba reformas

A través de algunas comisiones del Senado se aprobaron una serie de reformas a la Ley General de Salud mediante las cuales se tipifican hasta con 45 años de cárcel a los funcionarios, empresas o personas que alteren, falsifiquen, contaminen vacunas, pruebas o medicamentos contra la COVID-19, así como de cualquier otra enfermedad.

De acuerdo con El Universal, las Comisiones Unidas de Salud y Estudios Legislativos Segunda avalaron por unanimidad la reforma al Artículo 464, al señalar que se ha detectado el intento de comercializar vacunas, pruebas falsas y medicamentos adulterados.

Aunado a esto, las modificaciones a esa ley establecen que quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, de sus envases finales para uso o consumo humanos o los fabrique sin registros, licencias o autorizaciones se le sancionará con una pena de tres a 15 años de prisión y multa de 50 mil a 100 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAS).

Además de que quien falsifique o adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, etiquetado, sus leyendas, información, números o claves de identificación, recibirá una pena de uno a nueve años de prisión y multa de 20 mil a cincuenta mil UMAS vigente al momento de la comisión del delito.

Mientras que quien comercialice, distribuya, transporte u ofrezca medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados o contaminados, se le impondrá una pena de uno a nueve años de prisión.

“Cuando alguna de las conductas anteriores se cometa en medicamentos que pretendan prevenir, detectar, tratar o curar las causas que originaron la acción extraordinaria en materia de salubridad general, se aumentará hasta en un tercio la pena establecida para tal delito”, expone la reforma.