¿El PAN, PRI y MC pueden FRENAR la reforma judicial en la SCJN? Este es el camino
El bloque opositor busca interponer una acción de inconstitucionalidad contra la reforma al Poder Judicial de AMLO.
La semana pasada fue aprobada la reforma al Poder Judicial, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este 15 de septiembre. Desde entonces, la oposición ha buscado vías para frenar la iniciativa planteada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
El ministro Javier Laynez explicó que si bien las suspensiones actuales contra la reforma al Poder Judicial están en la fase de impugnación y aún no han tenido efecto práctico, una vez aprobada se podría promover una acción de inconstitucionalidad. https://t.co/OES5ZcHiI5
— Político MX (@politicomx) September 11, 2024
Y entre los caminos que tiene el bloque opositor, figura la propuesta de promover una acción de inconstitucionalidad contra la reforma judicial, como anunció el PAN. Sin embargo, para interponer dicho recurso, los partidos que votaron en contra del proyecto de ley deben de contar con un porcentaje mínimo como requisito para tumbarlo.
¿Cuántos votos se necesitan para poder interponer una acción de inconstitucionalidad?
En la Cámara de Diputados, la oposición necesita 165 curules para sumar una tercera parte que le permita interponer una acción de inconstitucionalidad contra la reforma. No obstante, el PAN, PRI y Movimiento Ciudadano cuentan en total con 134 diputaciones, quedando lejos de la cifra que se necesita.
En el caso del Senado de la República, la fuerza opositora debe de contar con el 33 por ciento de los escaños (43 senadurías) para promover este recurso, según lo señalado en el artículo 105 constitucional.
Opositores advirtieron que hubo un desacato por parte del presidente @lopezobrador_ al haber publicado la reforma al Poder Judicial en el DOF, debido a que existía una suspensión provisional.https://t.co/ieuBHIfP5N
— Político MX (@politicomx) September 16, 2024
Pero las bancadas del PAN, PRI y MC solamente reúnen 42 senadurías, quedándose a un asiento en la Cámara Alta para poder llevar a cabo una acción de inconstitucionalidad.
Las otras opciones
Por ello, la oposición tiene como opción impugnar la reforma por controversia constitucional interpuesta por Congresos locales y/o gobernadores.