Lenia y el predial
El periodista Sergio Sarmiento habla sobre la polémica de la ministra Lenia Batres y el predial de una minera en Zacatecas.
Lenia Batres, la nueva ministra de la Suprema Corte, citó el 29 de diciembre en su cuenta de X, antes Twitter, un encabezado del periódico La Jornada que señalaba: “Ordena juez a Fresnillo devolver $16 millones de predial a minera Peñoles”. Y comentó: “Esto sí es escandaloso…”.
No lo es para quienes conocen la legislación y la jurisprudencia en nuestro país. Al contrario de lo que ocurre en Estados Unidos, o en otros países desarrollados, la propiedad de las minas en México no es de los dueños del terreno, sino de la “nación”, la cual es propietaria de todo el subsuelo y de todas las aguas del país. En México el gobierno federal, que representa legalmente a la nación, no paga impuesto predial por sus propiedades. Así, la actividad minera, producto de una concesión federal, solo puede ser gravada por la federación, pero no por los estados ni los municipios.
Esta ha sido siempre una situación muy injusta para los municipios, los cuales dependen en buena medida del impuesto predial que pueden cobrar. Ni las escuelas públicas, ni las refinerías, ni los aeropuertos, ni los cuarteles, ni ninguna propiedad federal paga predial; tampoco las mineras, por lo menos no sobre su actividad productiva, solo sobre la extensión del terreno que ocupan. La Ley de Hacienda Municipal del Estado de Zacatecas, sobre la que se basó el predial a Peñoles, pretendía cobrar ese impuesto basándose en un cálculo superior al valor de los terrenos. Esto lo frenó el primer tribunal colegiado del vigesimotercer circuito de Zacatecas, pero no es una decisión escandalosa: está basada en la Constitución, en la legislación minera y en la jurisprudencia.
Hace ya tiempo que se identificó lo injusto de esta situación. Los municipios cargan con los daños ambientales de la minería, pero la federación se queda con los impuestos que genera. Por eso se creó en 2016 el llamado Fondo Minero, sobre la base de la reforma fiscal de 2014. El 80 por ciento de un nuevo “derecho especial, adicional y extraordinario” a la minería, cobrado por la federación, se utilizaría para crear un Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable para realizar obras de infraestructura social en los municipios mineros.
El problema es que a partir de 2019 el gobierno de Andrés Manuel López Obrador concentró la administración del Fondo Minero en la Secretaría de Economía. El 6 de noviembre de 2020, además, decretó la extinción de 109 fideicomisos y fondos, entre ellos el minero. El gobierno federal ha seguido cobrando el derecho, pero en lugar de entregarlo a los municipios se queda con los recursos.
La ministra Batres respondió a un cuestionamiento mío en X sobre este tema diciendo que este “es un caso interesante: un juez considera que una empresa no debe pagar predial porque paga un impuesto federal por su actividad minera. Pero el predial es un impuesto territorial (por eso es municipal) no por actividad económica. Habrá oportunidad de abundar en el tema”. Quizá, aunque no sé si ella lo podrá hacer porque al calificar de “escandaloso” el fallo del colegiado ha mostrado un prejuicio que probablemente la descalifique de participar en una decisión futura de la Corte sobre este asunto.
No dudo que el tema de territorialidad del predial pueda sopesarse legalmente en el futuro, pero si prevalece, no solo las minas, sino también el gobierno federal, las empresas paraestatales y las fuerzas armadas tendrían que pagar impuesto predial, lo cual sería muy bueno para los municipios. Batres no parece estar consciente, sin embargo, de que ya se creó un derecho especial para ayudar a los municipios mineros, solo que el presidente López Obrador se quedó con todo.