Paso a paso: ¿qué sigue con la aprobación de la reforma judicial de AMLO?

Estos son los pasos que siguen luego de la aprobación de la Reforma Judicial de AMLO.

Paso a paso: ¿qué sigue con la aprobación de la reforma judicial de AMLO?
Qué sigue después de la aprobación de la reforma judicial de López Obrador
Foto: Cuartoscuro

El Senado de la República aprobó en la madrugada de este miércoles la Reforma Judicial del presidente Andrés Manuel López Obrador. Esto gracias a que Morena consiguió el voto 86 que le faltaba y este salió del panista Miguel Ángel Yunes Márquez, pues al ser una reforma constitucional se necesita el voto a favor de la mayoría calificada.

¿Qué sigue? 

Al ser aprobado por ambas Cámaras del Congreso de la Unión, la minuta de la Reforma Judicial es turnada a los Congresos locales, en donde es necesaria la aprobación de al menos 17 legislaturas, según lo marca la Constitución. 

Tras las elecciones pasadas, Morena, con apoyo de sus aliados, ganó la mayoría en los Congresos de 27 estados de la república, de 31 en juego.

Además de mantener el dominio en los Congresos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Chiapas, Colima, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, San Luis Potosí, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas; también consiguieron ser el grupo mayoritario en Querétaro, Yucatán Jalisco, Durango y Michoacán.

Por ello es que es prácticamente un hecho que Morena no encontrará ningún obstáculo para aprobar la Reforma Judicial en al menos la mayoría más uno de los Congreso del estado. 

Una vez aprobado, el Senado de la República remite el decreto de reforma al presidente Andrés Manuel López Obrador para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

La reforma entra en vigor un día después de que se publique en el DOF, con lo que arranca el proceso electoral extraordinario 2024-2025. 

Posteriormente, 7 días después, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) deberá celebrar su primera sesión en la que debe acordar los aspectos preparatorios de la Elección 2025. En ellos, deberá admitir acuerdos necesarios para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso.

30 días después, el Senado debe emitir la convocatoria para los candidatos para la Elección 2025, en la que se elegirán a:

  • 9 ministros de la Suprema Corte
  • Magistraturas pendientes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
  • Magistraturas salas regionales
  • Magistraturas de Tribunal de Disciplina Judicial
  • La mitad de magistrados de circuito y jueces de distrito

90 días después, el Congreso de la Unión deberá realizar adecuaciones a las leyes federales en torno a la reforma. En tanto, se aplicarán disposiciones supletorias en materia constitucional y electoral.

A 180 días, los estados deben adecuar sus Constituciones locales para que en el 2027 queden renovados los poderes judiciales locales. 

A fin de que el primer domingo de junio de 2025, se realice la primera jornada electoral para elegir a los jueces, magistrados y ministros.