SCJN ya respondió a petición de Segob sobre sueldo de los ministros

A través de una carta, la Suprema Corte respondió a la petición que realizó Luisa María Alcalde.

SCJN ya respondió a petición de Segob sobre sueldo de los ministros
Norma Piña, presidenta de la Suprema Corte y Luisa Alcalde, secretaria de Gobernación.
FOTO: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respondió a la solicitud que hizo la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde para que se informe cuánto ganan los ministros y no se respeta el artículo 127 respecto a que no deben de ganar más que el presidente de la República.

Señalan que aunque la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal "no constituye fundamento legal" para que la 
Segob requiera información a la Corte "por decisión colegiada se dio respuesta a la solicitud sobre las acciones emprendidas para dar cumplimiento al art. 127 constitucional".

"Por instrucciones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en atención al oficio dirigido a esta, por virtud del cual se solicitó informar las acciones  que este Alto Tribunal ha realizado a efecto de cumplir con lo previsto en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en principio, se le comunica que en los preceptos citados en dicho escrito no constituyen el fundamento jurídico para que la Secretaría de Gobernación realice una petición de esa naturaleza a la Suprema Corte de Justicia de la Nación", se explica en la misiva.

Detallan que la SCJN, en ejercicio de su independencia y autonomía de gestión presupuestal, en 2019 se determinó disminuir 25% las remuneraciones de los 11 ministros, respecto de las percibidas en el ejercicio fiscal 2018.

Además, que en el artículo 94 constitucional establece que la remuneración de los ministros, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito, los consejeros de la Judicatura Federal y los magistrados Electorales “no podrá ser disminuida durante su encargo”.

Aunado a ello, el artículo 123 constitucional refiere que “a trabajo igual debe corresponder salario igual”.

Derivado de lo anterior, las percepciones que reciben los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no pueden ser diferenciadas ni pueden ser disminuidas por actos provenientes de los otros poderes.