TEPJF cambia sentencia de Sala Regional: Enrique Alfaro no cometió falta grave por propaganda en consulta popular

Aunque se reconoce que el mandatario de Jalisco sí incurrió en una falta, la sala regional no puede calificar el tipo de infracción.

TEPJF cambia sentencia de Sala Regional: Enrique Alfaro no cometió falta grave por propaganda en consulta popular

Por unanimidad de votos, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió modificar la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada en el caso del gobernador de Jalisco Enrique Alfaro por difundir  propaganda gubernamental durante el proceso de la consulta popular realizada en agosto pasado. Los magistrados señalaron que no fue una falta grave; argumentaron que la función de los jueces locales se agotaba al tener por acreditada la infracción, la responsabilidad del recurrente y la vista respectiva.

La demanda original. Morena acusó a Enrique Alfaro de difundir propaganda gubernamental a través de sus cuentas en las plataformas de redes sociales de Facebook y Twitter durante el periodo de la consulta popular.

Primera resolución. La Sala Regional Especializada del TEPJF determinó como existente la infracción y la calificó como grave ordinaria. En consecuencia, se dio vista al Congreso local para que determinara la sanción correspondiente. El mandatario impugnó dicha determinación ante la Sala Superior del TEPJF, alegando que el material denunciado no constituye propaganda gubernamental y que había sido incorrecta la calificación de la falta como grave ordinaria.