TEPJF determina anular elección en Iliatenco, Guerrero, por violencia política de género

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México que declaró de forma histórica la nulidad de la elección.

TEPJF determina anular elección en Iliatenco, Guerrero, por violencia política de género

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México que declaró de forma histórica la nulidad de la elección del Ayuntamiento de Iliatenco, Guerrero, debido a que se acreditó violencia de género en contra de una de las candidatas, lo que afectó el resultado del proceso electoral local ordinario 2020-2021.

El proyecto aprobado por mayoría de 6 votos fue presentado por la ponencia de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, el cual se derivó de pintas con leyendas que “menoscabaron” la imagen de la candidata del partido Movimiento Ciudadano, Ruperta Nicolás Hilario, hechos que constituyeron violencia política en razón de género que fueron acreditados. 

En su participación, la magistrada Mónica Soto explicó que la controversia surgió de la pinta de al menos 14 bardas y espectaculares en donde se escribieron frases ofensivas, denigrantes y brutales en alusión a la candidata, así como a las mujeres en manera general con la intención de denostarlas y menoscabar su capacidad para gobernar por el solo hecho de ser mujeres.

En este sentido, el pleno de la Sala Superior avaló por mayoría la decisión de la Sala Regional de anular la elección debido a que la diferencia entre el primero y el segundo lugar era de tan solo 53, lo que representaba el 0.97%, con lo cual se actualiza el criterio que establece que en los casos en que la diferencia entre el primero y el segundo lugar sea menor al 5%, puede aplicar la anulación del proceso electoral.