Tlaxcala castigará con hasta 4 años de cárcel a quienes apliquen terapias de conversión
En Tlaxcala entró en vigor la reforma al Código Penal local que prohíbe y castiga con cárcel de hasta 4 años la realización de terapias de conversión sexual o también llamadas Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG).
En Tlaxcala entró en vigor la reforma al Código Penal local que prohíbe y castiga con cárcel de hasta 4 años la realización de terapias de conversión sexual o también llamadas Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) contra la comunidad LGBTTIQ+, esto tras la publicación un número extraordinario del Periódico Oficial del Gobierno.
¿Por qué es importante? Tlaxcala se convierte en el séptimo estado en prohibir estas terapias, al lado de Ciudad de México, Estado de México, Baja California Sur, Zacatecas, Yucatán y Colima.
Para estos efectos, el Código Penal para el estado de Tlaxcala contiene un capítulo relativo a delitos que violan la identidad sexual, específicamente en el artículo 295 Ter, que establece penas de dos a cuatro años de prisión a quien obligue a otro a recibir una terapia de conversión sexual, misma pena será para quien imparta dicha “terapia” sin el consentimiento de la persona a la que se le aplica.
¿Qué se dijo? El documento señala que una terapia de conversión sexual se vale de sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que “tienen el objetivo de anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona”.
Contexto: La reforma al Código Penal fue avalada recientemente por el Congreso de Tlaxcala a propuesta de la exdiputada local, Luz Vera Díaz.
Con información de El Universal.