Tras decisión de la SCJN, el Senado se prepara para revivir el debate de la reforma a la Ley General de Salud

Según fuentes de Político MX, Ricardo Monreal está dispuesto a trabajar de la mano de Olga Sánchez Cordero y presentar un nuevo proyecto apenas pasen las elecciones, con la esperanza de darle fast track en septiembre próximo.

Tras decisión de la SCJN, el Senado se prepara para revivir el debate de la reforma a la Ley General de Salud
La SCJN determinó que es inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de marihuana.
FOTO: MARGARITO PÉREZ RETANA / CUARTOSCURO.COM

Dicen que la declaratoria de inconstitucionalidad sobre las penas a portadores de más de 5 gramos de marihuana, en el Senado de la República ya se preparan para revivir el debate de la reforma a la Ley General de Salud y la expedición de la Ley reglamentaria, que lleva pendiente ya varios años. 

Según fuentes de Político MX, Ricardo Monreal está dispuesto a trabajar de la mano de Olga Sánchez Cordero y presentar un nuevo proyecto apenas pasen las elecciones, con la esperanza de darle fast track en septiembre próximo.

¿Qué sucedió? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de marihuana, el máximo permitido por la Ley, excepto en el caso de que se acredite que su consumo no es para uso personal. 

En la sesión, tres de los cinco ministros que componen la Primera Sala se pronunciaron a favor de invalidar una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, con la que se permite poseer menos de cinco gramos de marihuana para consumo personal; sin embargo, castiga con hasta tres años de prisión a quien rebase esa cantidad.

Resolución. “Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declara la inconstitucionalidad del artículo 478 AMPARO EN REVISIÓN 585/2020 64 de la Ley General de Salud en la porción normativa en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma, al impedir que el operador jurídico pueda tener por actualizada la excluyente del delito cuando la posesión de cannabis sativa supere la cantidad de 5 gramos, pero esté destinada al uso o consumo personal”, se lee en el proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González Alcantara Carrancá.

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