Triunfo para el INAI. Suprema Corte determina que el Senado fue omiso y ordena designar a comisionados faltantes

La SCJN determinó también que el INAI pueda sesionar con menos de 5 personas.     

Triunfo para el INAI. Suprema Corte determina que el Senado fue omiso y ordena designar a comisionados faltantes
Victoria para el INAI.
Foto: Cuartoscuro.com

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por mayoría de 8 votos, que el Senado de la República sí fue omiso al no nombrar a los comisionados faltantes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).  

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Las y los ministros determinaron que se ordene al Senado de la República realizar la designación para cubrir 2 vacantes de los comisionados del INA en el periodo actual ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, es decir hasta antes del 15 de diciembre. Además se determinó que el INAI pueda sesionar con menos de 5 personas, siempre de manera colegiada, votando con mayoría simple de sus integrantes y con voto de calidad de la presidencia.   

El ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá argumentó que el Senado de la República al no hacer los nombramientos correspondientes ha generado una vulneración en el diseño constitucional del INAI y ha paralizado el ejercicio de sus facultades.    

“Se concluye que la omisión ha generado una vulneración en el diseño constitucional del INAI y ha paralizado, además, el ejercicio de sus facultades, por lo que se ha vulnerado su ámbito competencial en el grado más intenso. Esta afectación tiene repercusiones directas en los derechos de acceso a la información pública, de transparencia y de protección de datos personales, cuya garantía es la razón por la que el INAI fue creado”, señaló en su intervención. 

El asunto tuvo solo 2 votos en contra y en la sesión  de este 2 de octubre estuvo auste el ministro Arturo Zaldívar. Esta fue la votación:

A favor:

  • Alberto Pérez Dayán
  • Margarita Ríos Farjat
  • Juan Luis González Alcántara  
  • Luis María Aguilar Morales
  • Alfredo Ortiz Mena
  • Jorge Pardo Rebolledo
  • Javier Laynez
  • Norma Piña 

En contra

  • Yasmín Esquivel
  • Loretta Ortiz

En su intervención, la ministra Loretta Ortiz Ahlf argumentó que no hay un periodo para que el Senado realice la designación, por lo que esta ausencia no puede ser “colmada” por el alto tribunal a partir de analogías e interpretaciones.   

“En mi opinión, la ausencia de un plazo determinado para llevar  a cabo la designación no puede ser colmada por este alto tribunal a partir de analogías e interpretaciones especialmente si se tiene como objetivo calificar la actualización de un órgano perteneciente a otro poder…. Hubo diversas actuaciones por parte del Senado que me llevan a determinar que en el caso no hubo una inactividad total, las cuales se reconocen bajo el proyecto de análisis”, señaló.  

En el mismo sentido, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló: “No comparto la inconstitucionalidad de la falta de designación de 2 personas comisionadas del INAI pues el constituyente y el legislador no previeron un plazo para procesar estos nombramientos la poder judicial no le corresponde fijarlo, pues ello implicaría sustituirse dentro de un a facultad soberana y discrecional de un órgano legislativo, en detrimento de la división de poderes”.     

Mientras que el ministro de la SCJN Jorge Mario Pardo Rebolledo al pronunciarse a favor del proyecto destacó que se encuentra sustentada la omisión no del tipo legislativo, sino administrativa para la designación de integrantes autónomos, sin embargo, se separó de la respuesta referente al plazo que se da para hacer estos nombramientos, porque para él sí existe un plazo.