
Foto: cuartoscuro
El primer paso será notificar de la muerte del beneficiario a la Línea del Bienestar.
La Pensión del Bienestar de Adultos Mayores es un apoyo del Gobierno de México que se otorga actualmente a 12.2 millones de mujeres y hombres mayores de 65 años.
Se trata de un pago de 6 mil pesos bimestrales, que se entrega a través de la Tarjeta del Bienestar. Sin embargo en caso de que el beneficiario fallezca, los familiares están obligados a notificarlo y así acceder a un último depósito, llamado Pago de Marcha.
En caso de fallecimiento de la persona adulta mayor, se entregará el apoyo económico Pago de Marcha a la persona registrada como su auxiliar, al momento de su inscripción en el Programa del Bienestar.
Para ello es indispensable que la persona auxiliar notifique de manera inmediata de la muerte del beneficiario a través de la Línea del Bienestar.
La Secretaría de Bienestar está obligada a dar de baja del padrón a la persona adulta mayor, pues constituye un delito que alguien más cobre en su nombre.
El primer punto es que la persona auxiliar no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha en que falleció el beneficiario.
La persona adulta mayor debe haber designado a la persona auxiliar o, en caso de no haber registrado a nadie, será el Comité Técnico del Programa quien determine bajo circunstancias especiales, el otorgamiento de este apoyo.