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Tribunal Electoral perfila reactivar actividades del Comité de Evaluación del Poder Judicial

Se resolverán más de 200 juicios contra el dictamen que impide continuar con el proceso de selección de candidatos del Comité de Evaluación del Poder Judicial.

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Foto: CUARTOSCURO.COM

Areli Segura

Areli Segura

Publicada: ene 22 a las 11:57, 2025

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) publicó la sentencia en la que se perfila reactivar las actividades del Comité de Evaluación del Poder Judicial.

“La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emite sentencia, en el sentido de revocar los acuerdos de siete y nueve de enero de dos mil veinticinco emitidos por el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación”, se expresa en el proyecto que presentó la magistrada presidenta Mónica Soto.

Con lo anterior, se solicitó que se retomen las actividades de selección de candidatos por parte del Comité de Evaluación del Poder Judicial.

Mónica Soto

Foto: CUARTOSCURO

¿Por qué se suspendieron las actividades?

El día 7 y 9 de enero, el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, acordó suspender las actividades de selección de candidatos previo a la renovación del PJF en las elecciones extraordinarias del 1 de junio de 2025.

El 20 de enero, el juez primero de distrito en el Estado de Michoacán emitió un acuerdo para continuar con la suspensión del proceso electoral promovido por la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del PJF.

Resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial

La Sala Superior reconoció su autoridad y competencia para resolver la impugnación señalada con anterioridad. Con un expediente de más de 200 juicios civiles contra la decisión del Comité de Evaluación del PJF de suspender actividades por mandato judicial, el Tribunal Electoral del Poder Judicial resolvió:

  • Reactivar las actividades de selección y evaluación de aspirantes a ser candidatos para los cargos de jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia, dentro de las próximas 24 horas.
  • El Comité deberá informar a la Sala Superior de la reactivación de actividades dentro de las 6 horas siguientes.
  • Entregar los listados de candidatos mejor evaluados a más tardar el 31 de enero de 2025, para su aprobación en el Senado de la República.

En caso de no cumplir con la resolución se impondrá alguna medida de sanción conforme al artículo 32 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.