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Los trabajadores que trabajen más de las horas señaladas por la Ley deberán recibir pagos extras
La próxima semana se celebrará el 5 de febrero, Día de la Constitución, por la promulgación de la Constitución de 1917, la cual es la que tenemos hasta el día de hoy, con numerosas modificaciones a lo largo de los años.
Y este es considerado por la ley como un día de descanso obligatorio, el cual caerá en el primer lunes del mes, es decir el 3 de febrero. Sin embargo, hay quienes no estarán trabajando por acuerdo o designio de la empresa.
Ante esto, la Ley Federal del Trabajo, establece que aquellos trabajadores sean remunerados de forma especial. Aquí te contamos
De acuerdo con la Ley del Trabajo, los días de asueto y descanso obligatorio son:
En caso de que alguna persona trabaje en esos días, tendrán derecho a que se les pague su salario, más un doble por el servicio prestado por el descanso obligatorio.
Por ejemplo, si recibes un salario mínimo de 278.80 (como está actualmente), deberás recibir 557.60 más, es decir, 836.40 pesos, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
La ley establece tres jornadas laborales, las cuales no pueden exceder los máximos legales:
En cuanto a las horas extras, el artículo 66 establece que la jornada de trabajo puede extenderse por cuestiones extraordinarias, pero no podrá exceder de tres horas diarias ni tres veces a la semana.
Por otro lado, las horas de trabajo extraordinario se pagarán al doble del equivalente a una hora de tu salario.
En caso de que se excedan las 9 horas a la semana, obliga al patrón a pagar al triple del equivalente a una hora de su salario.
En caso de tener dudas, la Profedet da orientación y asesoría gratuita sobre los derechos laborales y de seguridad social y puede atenderte en su oficina central ubicada en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX. O bien puedes consultar el siguiente enlace.
De igual forma puedes llamar a este número 800 717 2942 y 800 911 7877 o escribir al correo orientacionprofedet@stps.gob.mx.