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¿Avanza la censura? Aprueban en Comisiones del Senado nueva Ley de Telecomunicaciones

PAN advirtió riesgos como el registro de usuarios de telefonía móvil, la geolocalización en tiempo real, y la facultad de la autoridad para suspender transmisiones.

Una periodista con cartel en mano contra la Ley de Telecomunicaciones a las afueras del Senado de la República.

Foto: Cuartoscuro

Redacción Político MX

Redacción Político MX

Publicada: jun 27 a las 15:13, 2025

La Comisiones del Senado aprobaron el nuevo dictamen de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión con el que se regula el uso y explotación del espectro radioeléctrico, las redes públicas de telecomunicaciones, el despliegue y el acceso a la infraestructura, entre otros.

  • Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía: 5 votos a favor, 1 en contra y una abstención
  • Comisión de Comunicaciones y Transportes: 13 votos a favor, 1 en contra y una abstención
  • Comisión de Estudios Legislativos: 11 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones

En consecuencia, el nuevo dictamen por el que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión fue aprobado y enviado a la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara Alta.

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Surgirá la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones

Respecto a la iniciativa presidencial, ahora se establece que la principal autoridad en la materia será la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, y no la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).

Este órgano será el responsable de supervisar y promover el aprovechamiento del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, las redes públicas, servicios de infraestructura pasiva y la comunicación satelital. Este órgano también regulará el acceso a infraestructura esencial, garantizando una competencia justa en el sector.

Será un órgano administrativo desconcentrado de la Agencia, con independencia técnica, operativa y de gestión. Estará integrado por cinco personas comisionadas con voz y voto, incluida la persona comisionada presidenta.

Oposición alerta riesgos

La senadora del PRI, Claudia Anaya, advirtió que nuevamente se cometieron errores en el proyecto de dictamen pues ahora hace falta una reforma constitucional que permita a los senadores avalar a los integrantes de la comisión.

Claudia Anaya

Foto: Sesión del Senado

“Aquí es donde meten la inconstitucionalidad. Nosotros para poder nombrar o ratificar o tomar protesta o destituir tenemos que tenerlo dentro de las facultades del Senado, las que nos marca el 76 constitucional. Nosotros no tenemos en el 76 constitucional la facultad de nombrar a estos consejeros. Entonces estaríamos cometiendo un acto inconstitucional”, explicó Anaya Mota.

Además, en la nueva propuesta se integraron algunas de las inquietudes vertidas en los conversatorios con expertos, a fin de integrar propuestas como prohibición de la censura previa y garantizar el ejercicio libre del derecho de expresión e información, referentes a los artículos 209 y 215, conforme a la Constitución y tratados internacionales.

También el artículo 107 protege la confidencialidad de las comunicaciones, permitiendo excepciones únicamente por mandato judicial.

El coordinador los senadores del PAN, Ricardo Anaya, advirtió sobre tres riesgos que todavía viven y que muestran una vena autoritaria que se niega a rendirse:

  • El registro de usuarios de telefonía móvil
  • Geolocalización en tiempo real sin orden judicial de los dispositivos móviles
  • Facultad de suspender transmisiones

“Hay avances importantes, sin duda; pero si no corregimos el registro de usuarios de telefonía móvil; la geolocalización en tiempo real (en el artículo 183); y la facultad para suspender transmisiones con una cosa tan vaga y abierta como el derecho de las audiencias, no habrá manera de acompañar este dictamen, a pesar del enorme esfuerzo que se ha hecho. Nuestro llamado es a que haya diálogo, que haya apertura. Terminemos lo que se empezó y saquemos por unanimidad en el Pleno un dictamen digno de ser aprobado por la cámara de los senadores”, instó el panista.

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Mientras que el priista Néstor Camarillo advirtió sobre la persistencia de un Estado vigilante de las comunicaciones de la población.

“Quiero marcar muy claro los artículos que pudimos notar dónde se va a afectar de manera muy importante (a la población): primero el artículo 103, que exige que los usuarios de servicios móviles se identifiquen obligatoriamente con CURP, RFC o pasaporte. ¿Esto qué significa? Que para poder tener un celular para comunicarse navegar por internet el Estado debe saber quién eres, cómo te llamas, dónde estás”, alertó el priista.

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Las polémicas de la Ley de Telecom

La ley enfatiza la necesidad de identificar a los usuarios de servicios móviles. De acuerdo con los Artículos 103 y 164, los concesionarios solo podrán activar líneas telefónicas de personas que presenten una identificación oficial con CURP para las personas físicas; o RFC para las personas morales.

Mientras que los Extranjeros serán identificados a través de su nombre, país de origen y número de pasaporte para poder acceder a los servicios de telefonía e internet.

El artículo 103 señala que “los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones que presten el servicio móvil, únicamente podrán activar y mantener activo el servicio de aquellas líneas que estén asociadas a usuarios finales que hayan presentado una identificación oficial”.

El artículo 164 establece la obligación para las empresas comercializadoras de servicios de telecomunicaciones de activar y mantener activo el servicio de aquellas líneas que estén asociadas a usuarios finales que hayan presentado una identificación oficial, es decir el CURP, el RFC o pasaporte, en su respectivo caso.

Seguridad nacional y localización geográfica

Los Artículos 182 y 183 obligan a concesionarios y proveedores de contenidos a colaborar con autoridades en temas de seguridad, incluyendo la localización en tiempo real de equipos terminales, siempre bajo mandato escrito y fundado. Y se establece que la omisión o desacato podrá ser sancionada penalmente.

Así se indica que los concesionarios de telecomunicaciones deberán “colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia en la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos terminales”.

Censura

Foto: Cuartoscuro

Prohibiciones sobre interferencias y censura

También el Artículo 184 prohíbe el uso de equipos que bloqueen o anulen señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen, excepto en los centros de reinserción social, establecimientos penitenciarios o centro de internamiento para menores.

Prohibición de publicidad extranjera

Uno de los cambios más significativos se encuentra en los Artículos 232 y 231, que prohíben a los concesionarios transmitir propaganda política o ideológica de gobiernos extranjeros, salvo contenido con fines turísticos, culturales o deportivos. Las plataformas digitales con presencia en México también deberán abstenerse de vender espacios publicitarios a gobiernos extranjeros con fines no permitidos.

Así, de acuerdo al Artículo 209, la Secretaría de Gobernación tendrá facultades para ordenar la suspensión inmediata de estos contenidos, previa advertencia.

El senador Antonio Álvarez Lima insistió en que la limitación de propaganda política extranjera se realizará “para proteger la soberanía sin afectar la libertad de expresión”.

Protección a las audiencias

El Artículo 253 dispone que los concesionarios de radiodifusión deberán contar con una Defensoría de las Audiencias, encargada de recibir quejas y sugerencias del público, garantizar la igualdad de género en su operación y emitir recomendaciones al medio. La Comisión establecerá los lineamientos mínimos que deberán cumplir estas defensorías.

Poder del Ejecutivo en situaciones de emergencia

Además, el Artículo 100 establece que, ante situaciones de emergencia como desastres naturales, guerra o amenazas a la seguridad nacional, el Ejecutivo Federal podrá requisar infraestructura de telecomunicaciones. La Agencia De Transformación Digital tendrá la facultad de utilizar los bienes y personal de las vías requisadas, nombrando un administrador con amplias facultades. Exceptuando los casos de guerra, se contempla la indemnización por daños y perjuicios.