
Foto: Cuartoscuro
La Ley en Materia de Desaparición Forzada fue rechazada por los senadores del PRI.
El Senado de la República aprobó en lo general y lo particular la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de personas, desaparición cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de la Ley General de Población.
El PRI rechazo en sus términos las diversas leyes en materia de desaparición de personas, al advertir riesgos en la vulneración de los datos y la privacidad.
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Ley General en Materia de Desaparición Forzada: 89 votos a favor, 13 en contra, 0 abstenciones
Ley General de Población: 69 a favor, 28 en contra y 5 abstenciones
Ley General en Materia de Desaparición Forzada y Ley General de Población: 68 a favor, 27 en contra y 6 abstenciones
La Ley en materia de desaparición, ordena a los servicios periciales y servicios forenses federales practiquen pruebas de huellas dactilares y genéticas para su identificación y quede el registro de los resultados en el Banco Nacional de Datos Forenses, en un plazo que no sea mayor a los tres días.
Se establece el acceso amplio a datos biométricos e identificativos por parte de diversas autoridades, por lo que senadores de la oposición han alertado que podría derivar en un uso indebido o sin control adecuado de esa información sensible.
Aunque se menciona el respeto a la protección de datos, no se detallan mecanismos claros de control, supervisión ni sanciones por abuso.
La circulación masiva de Fichas de Búsqueda con datos personales podría poner en riesgo la seguridad de la persona desaparecida o su entorno, en caso de desapariciones forzadas ligadas al crimen organizado o al Estado.
La integración de múltiples bases de datos bajo la Plataforma Única de Identidad puede concentrar poder y acceso sin contrapesos suficientes, especialmente en instituciones de seguridad o inteligencia.
Otorgar reducciones de penas a quienes aporten información sobre personas desaparecidas podría facilitar que delincuentes manipulen o falsifiquen información para obtener ventajas procesales.
Según la iniciativa, las empresas o instituciones privadas con bases de datos estarán obligadas a permitir el acceso a sus sistemas, lo que puede representar riesgos de seguridad, costos administrativos y conflictos con regulaciones de protección de datos.
Senadores del PRI señalaron que la ley de desaparición no necesita una CURP con reconocimiento facial, y que afirmaron que se trataría de un pretexto del gobierno para vigilar a las personas.
La senadora del PAN, Imelda Sanmiguel, acusó que esta reforma busca facultar al gobierno a obtener y manejar a su antojo los datos personales y biométricos de los mexicanos.
La oposición criticó que la CURP como “documento nacional de identificación obligatorio” cuente con datos biométricos y faciales, pues han alertado que puede convertirse en una herramienta de vigilancia masiva, especialmente sin suficientes salvaguardas legales.
Además no queda claro cómo se garantizará la seguridad de la información, su acceso restringido ni cómo se evitarán filtraciones o abusos.
Migrantes, personas en situación de calle o comunidades indígenas sin acceso a trámites podrían ser objeto de hostigamiento o criminalización al no contar con la identificación obligatoria.
La recolección de datos biométricos de personas menores de edad plantea serios problemas, si no se garantiza un consentimiento informado y mecanismos de rectificación o eliminación futura de esos datos.