
Foto: Pixabay
Este miércoles se publicó en el Diario Oficial de la Federación la polémica reforma que ordena la creación de la CURP Biométrica.
La polémica CURP Biométrica está cada vez más cerca y es que este miércoles se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el cual se origina y que ha generado controversia por el control que da al gobierno sobre los datos personales de los ciudadanos.
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De esta manera, la modernizada Clave Única de Registro de Población (CURP) se convertirá en “el documento nacional de identificación obligatorio”, según se establece en el decreto.
El Decreto, que entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, establece que la CURP con datos biométricos será “el documento nacional de identificación obligatorio”, el cual deberá aceptado en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital.
De acuerdo a la publicación del DOF, la Secretaría de Gobernación tendrá 90 días naturales a partir de este 16 de julio para desarrollar la Plataforma Única de Identidad; esta permitirá gestionar la nueva CURP Biométrica.
Durante los mismos 90 días, las autoridades de los tres niveles de gobierno deberán habilitar los mecanismos para consultar, validar y transferir la información necesaria.
Por su parte, entidades públicas y privadas deberán comenzar a incorporar la CURP como requisito en sus trámites.
En cuanto a la integración de los datos biométricos para niñas, niños y adolescentes, el decreto indica que deberá definirse en un plazo no mayor a 120 días.
Estos plazos marcan el inicio formal del proceso para la implementación de CURP Biométrico a nivel nacional; sin embargo, aún no existe una fecha precisa para que toda la población mexicana deba tramitarla.
Además, aún falta que se emitan otros lineamientos sobre cómo se van a recabar los datos biométricos y su vinculación con el Registro del Sistema Nacional de Salud, entre otros registros y sistemas nacionales previstos.
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De acuerdo con el decreto, en el artículo 91 se lee que la nueva CURP es “la fuente única de identidad de las personas, de nacionalidad mexicana, o extranjera que se encuentren en condición de estancia regular en el país”.
Dicho esto, el nuevo documento de identidad tendrá los siguientes datos personales:
Además de llevar datos biométricos como:
Por lo que a partir de ahora se convertirá en el documento nacional de identificación de carácter obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio mexicano.
El mismo artículo 91 indica que la CURP Biométrica estará disponible en formato físico y digital.
La credencial del Instituto Nacional Electoral seguirá siendo vigente para el uso de sus funciones electorales.
Por su parte, la presidenta Claudia Sheinbaum ha señalado que en ningún momento se tomará el padrón electoral o la Lista Nominal para este tema.