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Noroña viola la ley al recibir donaciones en su canal de YouTube

El senador de Morena estaría violando la ley al recibir donativos en sus transmisiones de YouTube.

Imágen del presidente del Senado.

Foto: X de Gerardo Fernández Noroña

Carlos Gutiérrez

Carlos Gutiérrez

Publicada: ago 28 a las 10:01, 2025

Después del incidente que Gerardo Fernández Noroña vivió en la sesión de la Comisión Permanente de este miércoles, el senador de Morena sigue en medio de la controversia.

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Y es que después de que se reveló su declaración patrimonial correspondiente al ejercicio de 2024, donde destaca una casa de más de mil metros cuadrados por 12 millones de pesos.

Hoy el periódico Reforma, señala que el legislador infringiría la ley a recibir aportaciones a través de su canal de YouTube.

Luego que se le cuestionó a Noroña sobre cómo paga el crédito de su casa por 12 millones, el senador de Morena ha manifestado que lo realiza con lo que percibe del Senado y con lo que YouTube le da.

Sin embargo, el expetista tendría una fuente de ingreso con la que violaría la ley con los “en vivo” que hace en su canal, pues por el cargo que ostenta no puede recibir aportaciones directas como las que se realizan a través de superchats.

Gerardo Fernández Noroña

Foto: Cuartoscuro

Noroña infringe la Ley

El morenista obtiene dinero digital (tipo transferencia) por la monetización de las audiencias que capta en sus transmisiones, donde el promedio de pago, según Reforma, es de 27.50 pesos por cada mil vistas en un video o transmisión.

Aunado a esto, Noroña obtendría dinero a través del SuperChat, ahí se acumulan comentarios de su audiencia junto a los registros de las aportaciones económicas que percibe, algunas de las cuales son del extranjero, según el medio.

Reforma señala que en lo que va de este 2025, el legislador ha realizado 251 transmisiones en vivo en su canal de YouTube.

El medio señala que el pasado martes 26 de agosto, en la transmisión donde Noroña justificó la compra de su casa en Tepoztlán Morelos, obtuvo mil 400 dólares.

“¡El Noroñatón, qué bárbaros! Mil 400 dólares”, agradeció a sus seguidores; mientras que el miércoles 27 de agosto detalló que recibió 709.97 dólares en donaciones.

Cargando contenido de youtube

¿Qué leyes infringió Noroña?

De acuerdo al artículo 52 de la Ley de Responsabilidades Administrativas, los servidores públicos no pueden aceptar o recibir donaciones pues de hacerlo caerán en un delito de corrupción.

“Incurrirá en cohecho el servidor público que exija, acepte, obtenga o pretenda obtener (...) cualquier beneficio no comprendido en su remuneración como servidor público, que podría consistir en dinero; valores; bienes muebles o inmuebles, incluso (...) donaciones; servicios; empleos y demás beneficios indebidos para sí o para su cónyuge (...)”, se lee en el artículo.

Ley General de Responsabilidades Administrativas

Foto: Ley General de Responsabilidades Administrativas

Según el artículo 108 de dicha legislación, los legisladores son contemplados como servidores públicos.

Además, de acuerdo a Reforma, el Código de Ética del Senado menciona que los senadores deben rechazar regalos o beneficios económicos “adicionales a la remuneración y apoyos que perciba con motivo del cargo público”.

Además, las Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública del Gobierno de México señalan que un servidor público no debe “utilizar las atribuciones de su empleo, cargo, comisión o funciones para beneficio personal o de terceros”.

Noroña también violó la ley en elecciones 2024

El diario reporta que además Fernández Noroña habría violado la ley durante su precampaña para ser candidato presidencial donde realizó transmisiones durante la precampaña de Morena en 2023 y 2024.

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Además, como candidato a senador sostuvo sus transmisiones pidiendo el voto por Morena en las elecciones de junio de 2024.

Según Reforma, en dichas transmisiones, el legislador recibió donaciones que tuvieron que ser reportadas como gastos de campaña, por lo que habría infringido el artículo 445 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

En dicho artículo se señala que aspirantes y precandidatos no pueden “solicitar o recibir recursos, en dinero o en especie, de personas no autorizadas” por dicha disposición.

De igual forma, sanciona la omisión “en los informes respectivos los recursos recibidos, en dinero o en especie, destinados a su precampaña o campaña”.

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Foto: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Por último, Reforma agregó que una cantidad elevada de donaciones hacia Noroña son hechas en dólares con identidades anónimas.