
Foto: Cuartoscuro
El año entrante, los ojos de la ciudadanía estarán puestos en los ministros de la SCJN, que deberán resolver caso revelantes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación enfrenta en 2026 uno de los periodos más complejos y decisivos de su historia reciente.
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Con una nueva integración y una carga de temas que pondrán a prueba su independencia, el máximo tribunal del país deberá resolver asuntos que tocan los cimientos del sistema de justicia, la economía, los derechos humanos y la transparencia institucional, pero sobre todo, a la Cuarta Transformación.
Entre los retos más apremiantes se encuentran la revisión de la prisión preventiva oficiosa, la diferencia entre salarios mínimos y UMAs, el derecho a la consulta previa para personas con discapacidad, la doble tributación del IVA en aduanas, los límites de semanas para la interrupción legal del embarazo y las impugnaciones de leyes impulsadas durante el sexenio anterior.
A estos temas se suma el desafío interno de reactivar y modernizar el Comité de Transparencia, que arrastra un rezago histórico en la atención de recursos y solicitudes de información pública.
El 2026 será, para la Suprema Corte, un año de definiciones. Las resoluciones que adopte marcarán el rumbo institucional de la justicia mexicana y el papel que desempeñará el Poder Judicial frente a los grandes desafíos legales, sociales y políticos del país.

La prisión preventiva oficiosa será uno de los temas más relevantes que discutirá la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el próximo año. El Pleno revisará la constitucionalidad y el alcance de esta figura que permite mantener en prisión a una persona sin sentencia cuando se le acusa de delitos graves.
Este asunto permanece pendiente y es considerado de alta controversia. La resolución sobre si la prisión preventiva oficiosa es constitucional o no ha sido pospuesta y se espera que la nueva integración del máximo tribunal, que inició funciones el 1 de septiembre de 2025, sea la encargada de analizarlo y decidirlo. El debate se da en medio de señalamientos sobre la politización del tema y las presiones para mantener la medida.
Desde finales de 2022 y durante 2023, la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que la prisión preventiva oficiosa es incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos porque vulnera la presunción de inocencia y el derecho a la libertad personal. Hasta ahora, ni la Suprema Corte ni el Estado Mexicano han acatado esa resolución internacional.
De acuerdo con el planteamiento general, eliminar esta figura no implicaría la liberación automática de las personas detenidas, sino que obligaría a las fiscalías y jueces a justificar en cada caso la necesidad de aplicar la prisión preventiva, acreditando riesgos de fuga u obstrucción de la justicia.
La prisión preventiva oficiosa está prevista en el artículo 19 de la Constitución mexicana para un catálogo de delitos graves como delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, feminicidio, abuso o violencia sexual contra menores, uso de programas sociales con fines electorales y delitos de corrupción, entre ellos defraudación fiscal, contrabando y facturación falsa.
Actualmente, una parte importante de la población penitenciaria del país permanece bajo esta medida sin haber recibido sentencia. Su duración máxima es de dos años, aunque puede extenderse si el juez lo considera necesario.

Otro pendiente es la revisión de un proyecto que busca establecer si las indemnizaciones por muerte de una persona deben calcularse con base en salarios mínimos o en Unidades de Medida y Actualización, conocida como UMAs. Este caso mantiene abierto el debate sobre la aplicación correcta de ambas unidades en distintos contextos legales.
La diferencia fundamental entre el salario mínimo y la UMA radica en su propósito y aplicación legal, un tema que la Corte ha clarificado mediante jurisprudencia, aunque aún quedan aspectos por resolver. El salario mínimo es la remuneración mínima que debe recibir un trabajador por sus servicios y se utiliza exclusivamente como referencia para fines laborales y de seguridad social, como el pago de la cuota diaria o el límite del pago de pensión de un trabajador. Su aumento busca mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores y se determina anualmente por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.
La Unidad de Medida y Actualización se creó en 2016 para sustituir el uso del salario mínimo como unidad de medida para calcular multas, pagos, sanciones económicas y créditos, como los del Infonavit. La UMA se ajusta anualmente con base en la inflación y su cálculo está a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Su finalidad es desindexar las obligaciones fiscales y legales del incremento del salario mínimo, evitando un impacto inflacionario generalizado.
La Suprema Corte ha emitido jurisprudencias que precisan en qué casos corresponde aplicar cada unidad. En el caso de la UMA, la Corte ha determinado que es la medida aplicable para fijar el tope máximo de las pensiones del ISSSTE, al considerar que esas cuantificaciones pertenecen a la materia administrativa y no laboral. También se utiliza para multas y responsabilidades civiles, con el fin de que los aumentos al salario no modifiquen esos cálculos.
Para el salario mínimo, el criterio de la Corte establece que debe utilizarse en el cálculo de la pensión misma, al ser una prestación de seguridad social derivada de la relación laboral y basada en las aportaciones del trabajador.
El proyecto pendiente sobre las indemnizaciones por fallecimiento determinará cuál de estas dos referencias debe aplicarse en esos casos, lo que mantendrá vigente la discusión sobre la correcta utilización del salario mínimo y la UMA en el marco jurídico mexicano.

El derecho a la consulta previa de las personas con discapacidad antes de emitir leyes o políticas que les afecten es otro de los temas pendientes y cruciales en la agenda de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para 2026.
La nueva integración del máximo tribunal, que comenzó funciones en septiembre de 2025, llevó a cabo en octubre de ese mismo año audiencias públicas históricas para escuchar directamente a personas con discapacidad, organizaciones y expertos. El propósito de este ejercicio fue reunir los elementos necesarios para que el Pleno pueda tomar la mejor decisión en torno a este derecho.
El debate actual gira en torno a si la falta de consulta debe invalidar automáticamente una norma, como ha ocurrido en más de cincuenta ocasiones en la última década, o si debe analizarse caso por caso si la ley resulta beneficiosa o perjudicial para las personas con discapacidad, tal como proponen algunos ministros.
Diversas organizaciones de derechos humanos han advertido que un cambio de criterio por parte de la Corte podría representar un retroceso en los derechos de las personas con discapacidad, al debilitar la obligatoriedad de la consulta previa como formalidad esencial del procedimiento legislativo.
La Suprema Corte ha suspendido la resolución de este asunto, correspondiente a la acción de inconstitucionalidad 182/2024 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con el propósito de reflexionar sobre los argumentos expuestos en las audiencias y tomar una decisión final en 2026. La determinación del Pleno será fundamental, ya que definirá el alcance del derecho a la participación efectiva de las personas con discapacidad en la vida pública y legislativa del país, en cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, de la cual México forma parte.
El pendiente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a la doble tributación del Impuesto al Valor Agregado en aduanas consiste en determinar si el Servicio de Administración Tributaria puede cobrar dos veces el IVA por la misma mercancía en las operaciones de la industria maquiladora.
El conflicto se centra en las empresas IMMEX, como Samsung, que importan temporalmente insumos sin pagar impuestos de importación para transformarlos en México. El SAT reclama el pago del IVA tanto en la entrada de la mercancía al país como en su posterior venta interna, operación que se considera un “retorno virtual” o exportación virtual.
Las empresas argumentan que este doble cobro viola el principio de neutralidad tributaria, ya que se grava dos veces una misma operación. Sostienen que, si ya se pagó el IVA en la importación temporal, no corresponde volver a cubrirlo en la enajenación interna, pues no existe un consumo final dentro del país.
La Suprema Corte debe resolver la Contradicción de Criterios 8/2025 para emitir una jurisprudencia definitiva que aclare si este cobro dual es constitucional o no, y si el IVA debe pagarse una sola vez o en ambas operaciones. La resolución es de alto impacto, ya que afecta a toda la industria maquiladora y definirá la seguridad jurídica de inversiones millonarias, incluyendo las de Samsung.
Las empresas afectadas, representadas por el Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación, sostienen que la interpretación del SAT viola los principios constitucionales de proporcionalidad y equidad tributaria. Afirman que el IVA es un impuesto al consumo final y que, al tratarse de exportaciones virtuales, no debería imponerse dos veces sobre la misma base gravable.
La falta de certeza jurídica y la posibilidad del doble cobro ponen en riesgo la competitividad de la industria IMMEX en México. Compañías como Samsung advierten que este escenario podría obligarlas a replantear sus operaciones o enfrentar pasivos fiscales millonarios que afectarían la viabilidad de su modelo de negocio.
La Suprema Corte tiene la responsabilidad de unificar los criterios contradictorios entre los tribunales colegiados del país. Un fallo a favor del SAT podría representar un daño potencial al erario de hasta 250 mil millones de pesos, mientras que una resolución favorable a las empresas otorgaría la seguridad jurídica que el sector ha demandado por años. La decisión prevista para 2026 será determinante y marcará un precedente clave para la atracción de futuras inversiones en el sector manufacturero.
El tema pendiente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación para 2026 en relación con el aborto no es la despenalización en sí, ya resuelta a nivel federal, sino la revisión de los límites de las semanas de gestación para poder acceder a la interrupción legal del embarazo.
En septiembre de 2023, la Corte despenalizó el aborto a nivel federal y determinó que es inconstitucional criminalizar la interrupción del embarazo en el Código Penal Federal. Con esta resolución, las instituciones de salud federales, como el IMSS, el ISSSTE y PEMEX, están obligadas a ofrecer el servicio de interrupción legal del embarazo.
La despenalización en los códigos penales locales depende de cada estado, y hasta el momento 23 entidades han armonizado sus leyes con el criterio del máximo tribunal, estableciendo en la mayoría de los casos un límite de doce semanas.
El nuevo debate que la Corte discutirá a principios de 2026 se centrará en determinar si los estados pueden reducir unilateralmente el plazo permitido para abortar. El proyecto de uno de los ministros propone revertir las decisiones de autoridades locales que han intentado limitar el acceso al servicio, reduciendo el tiempo de doce semanas a seis.
La Suprema Corte ya ha establecido que reducir el plazo de doce semanas es inconstitucional en casos de violación, pero la revisión prevista para 2026 abordará si ese límite de semanas —comúnmente doce— debe considerarse el tope máximo válido para la interrupción voluntaria del embarazo en general, o si es necesario revisarlo o eliminarlo.
La decisión que adopte la Corte en 2026 será determinante para definir la uniformidad del acceso al aborto legal en todo el país y establecer el límite de semanas de gestación bajo el cual las mujeres y personas gestantes podrán ejercer este derecho sin barreras legales. Aunque el aborto fue despenalizado en México desde 2023, el nuevo proyecto analizará si la reducción del número de semanas permitidas para la interrupción legal del embarazo es constitucional. La discusión se centrará en los límites fijados por criterios científicos y jurisprudenciales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene en su agenda de 2026 la revisión de varias impugnaciones clave contra leyes impulsadas durante el sexenio de Andrés Manuel López Obrador, muchas de las cuales permanecen congeladas o pendientes de resolución definitiva.
Entre las leyes más relevantes que el Pleno tiene previsto resolver en 2026 se encuentra el llamado Plan B de la Reforma Electoral. Este es uno de los temas más polémicos, ya que buscaba modificar diversas leyes electorales, entre ellas la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley de Partidos Políticos. La Corte había otorgado suspensiones provisionales para mantener las cosas en el estado actual y evitar su aplicación, pero el fondo del asunto continúa pendiente de una resolución definitiva que determine si el paquete completo de reformas es constitucional o si vulneró el proceso legislativo y la autonomía del Instituto Nacional Electoral.
Otro de los temas programados para 2026 es la creación del IMSS Bienestar. Se trata de la reforma a la Ley General de Salud aprobada en 2023, mediante la cual se creó este nuevo organismo en sustitución del Instituto de Salud para el Bienestar, con el propósito de centralizar los servicios de salud. La Suprema Corte tiene previsto analizar y definir la constitucionalidad de esta modificación durante los primeros meses del próximo año.
También está en la agenda la revisión de las reformas a las leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil, que permiten que la Secretaría de la Defensa Nacional sea al mismo tiempo propietaria y administradora de aeropuertos, además de operar la aerolínea estatal Mexicana de Aviación. La Corte se perfila para validar estas reformas en enero de 2026.
Entre los asuntos pendientes se incluye la reforma a la Ley Minera, aprobada en 2023, que introdujo cambios significativos en los procesos de concesión y operación de los proyectos mineros en el país. Dicha reforma ha sido objeto de controversias constitucionales y amparos, y su constitucionalidad aún se encuentra en debate. Se espera que el Pleno emita un fallo definitivo sobre este tema durante 2026.
En materia de seguridad y finanzas, la Corte tiene pendiente resolver proyectos relacionados con el congelamiento de cuentas bancarias sin orden judicial, medida impulsada por la Unidad de Inteligencia Financiera durante la administración pasada.
La nueva integración de la Suprema Corte ha manifestado su intención de abordar estos casos de alto impacto durante 2026. Su resolución definirá la validez de pilares legales del sexenio anterior y podría establecer nuevos precedentes en materia administrativa, penal y fiscal.

Tras más de tres años sin sesionar, el Comité de Transparencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue reactivado. El reto para 2026 será resolver más de 80 recursos de revisión rezagados desde 2019, correspondientes a solicitudes de acceso a la información no atendidas, y fortalecer el acceso público a las sentencias mediante herramientas digitales y buscadores temáticos.
La actual integración de la Corte, que asumió funciones en septiembre de 2025, denunció públicamente el rezago histórico en materia de transparencia dejado por la administración anterior, con alrededor de 80 casos sin resolver y miles de solicitudes de información acumuladas desde 2019. Este retraso provocó que el Comité Especializado de Ministras y Ministros en Materia de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales no sesionara durante 863 días, lo que limitó la vigilancia interna y la resolución de recursos.
Para 2026, el objetivo principal es saldar esta deuda y modernizar los procesos de acceso a la información. El Comité fue reinstalado en diciembre de 2025 y celebró sesión para iniciar la atención de los asuntos pendientes. También se busca avanzar hacia una transparencia proactiva mediante mecanismos que faciliten la consulta pública, incluyendo la posibilidad de usar códigos QR para acceder en tiempo real a los proyectos discutidos en las sesiones.
En paralelo, se trabaja en la aplicación de reformas a la Ley General de Transparencia que obligan a los poderes judiciales de todo el país a publicar la totalidad de sus sentencias. Parte de este proceso de modernización contempla medidas de accesibilidad, como la traducción a lenguas indígenas, herramientas para personas con discapacidad visual y el desarrollo de una aplicación móvil que permita consultar fallos desde cualquier dispositivo.
La transparencia y la modernización del Comité representan una tarea en curso con un enfoque renovado por parte de la nueva administración de la Suprema Corte, orientada a construir una justicia más abierta, digital y cercana a la ciudadanía.