Facebook Pixel

LOS LÍDERES DE LA POLÍTICA

Nacional

Revés a abogados: magistrados prevén desechar demandas de la elección judicial por ‘exclusión’

El TEPJF analizará las primeras demandas interpuestas por abogados.

Imagen promocional

Foto: CUARTOSCURO.COM

Pilar Cayetano

Pilar Cayetano

Publicada: ene 03 a las 22:01, 2025

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizará las primeras demandas interpuestas por abogados, quienes acusan haber sido excluidos de la etapa de elegibilidad de la elección judicial a realizarse el 1 de junio de 2025.

Dos magistrados de la Sala Superior, Felipe de la Mata y Reyes Rodríguez Mondragón, proponen que se desechen los juicios, declararlos improcedentes, sin materia o con cambio de situación jurídica porque al final sí fueron considerados para la siguiente etapa, sin embargo a ninguno se le da la razón.

A través de la página del Tribunal Electoral se hicieron públicos los proyectos que agrupan las primeras demandas de 20 abogados y abogadas, quienes afirman ser excluidas de las listas de elegibilidad de los Comités de Evaluación.

Entre los asuntos públicos, se expone que el demandante refiere que el 7 de diciembre se registró para participar en la elección de los diversos cargos que estarán en disputa en el Poder Judicial de la Federación a través de la Convocatoria del Poder Legislativo.

Pero el 16 de diciembre siguiente el Comité de Evaluación emitió el listado de personas elegibles que podrán continuar a la etapa de evaluación de idoneidad sin que apareciera el nombre del actor, motivo por el que promovió una impugnación.

En tanto, la ponencia de Reyes Rodríguez Mondragón expone que para estar en aptitud de emitir la resolución de fondo de un conflicto de intereses de trascendencia jurídica, es indispensable que la parte agraviada ejerza la acción respectiva y solicite la solución del litigio al órgano jurisdiccional competente.

“Si en cualquier etapa del proceso, antes de que se emita sentencia, la parte recurrente expresa su voluntad de desistirse del medio de impugnación, tal manifestación de voluntad impide la continuación del proceso, ya sea en su fase de instrucción o de resolución”, señaló.

En otro recurso, el actor asegura que se registró debidamente para el cargo de magistrado de Circuito en la Convocatoria emitida por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal y cumplió todos los requisitos formales; pero no apareció en la lista que dicho comité publicó el 16 de diciembre de las personas que cumplen con los requisitos de elegibilidad.

Al respecto, el magistrado señala que el medio de defensa ha quedado sin materia, toda vez que el actor alcanzó su pretensión de ser contemplado en la Lista de personas elegibles que podrán continuar a etapa de evaluación de idoneidad emitida por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo, a partir de la publicación de la lista complementaria emitida el 17 de diciembre.