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El ministro Javier Laynez corrigió a Batres Guadarrama tras defender el ‘paternalismo positivo’
Lenia Batres, ministra electa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), generó polémica durante la sesión del Pleno, en donde su homólogo Javier Láynez Potisek le corrigió la plana.
Este martes, discutían la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán contra la Ley de Justicia Cívica, al considerar que la reforma impactaba en los derechos de las personas con discapacidad.
La ministra en funciones intentó justificar la ley que aprobó el Congreso local de Michoacán sin previa consulta a las personas con discapacidad, al decir que se trataba de una protección o paternalismo positivo, lo que generó debate en el Pleno.
“El supuesto paternalismo para los grupos vulnerables como las personas con discapacidad, me parece que hay un contrasentido en la interpretación del paternalismo, porque justamente la caracterización de estos grupos lo que busca es una protección… Por eso es que se les asume como grupos vulnerables, justamente sujetos de protección”, indicó Batres.
Añadió que como la reforma a la Ley de Justicia Cívica que utiliza términos como “incapaces” y “personas con algún tipo de discapacidad”, no requerían de consulta previa, debido a que el dictamen era positivo para este grupo de personas.
“Le llama paternalismo pero es una protección que se requiere, que se debe asumir de una manera positiva, entonces tenemos que en esta consideración que se ha hecho de manera formalista sin razonamiento sustantivo, sobre la necesidad de la consulta de personas con discapacidad específicamente se abstrae la Corte del derecho que se está protegiendo. Y que esta Corte destruya esos avances…cuando es un paternalismo positivo…”, indicó.
Laynez Potisek corrigió a Lenia Batres, al afirmar que el término de “paternalismo” no es una expresión que se haya generado en la Suprema Corte, sino en la Convención para los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Además, afirmó que no se trata de que como el Legislativo considere que la reforma es positiva para estos grupos, signifique que las personas con discapacidad no tengan el derecho de ser consultados.
“No es decir ‘mire, esto es bueno’ precisamente la Convención lo que nos ha señalado, al hacer obligatorio las decisiones legislativas no solo de organizaciones de protección a los derechos a personas con discapacidad sino la personas con discapacidad, para que decidan qué es bueno, qué es la política legislativa lo que les corresponde, no es que la Corte mexicana esté privando de estos derechos”, afirmó.
El Pleno de la Suprema Corte invalidó diversas disposiciones contenidas en la Ley de Justicia Cívica del Estado de Michoacán.
Esto debido a que concluyó que las disposiciones tienen un impacto en grupos de personas con discapacidad, mismas que no se les consultó de forma previa, libre e informada a pesar de que les asiste dicho derecho conforme a lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.