
Foto: Cuartoscuro
La Suprema Corte otorgó un amparo al exconsejero del INE por vulnerar su derecho al honor al mencionarlo como ejemplo de discriminación en un texto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a Lorenzo Córdova, exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), por considerar que fue vulnerado su derecho al honor y a la reputación en un libro de texto gratuito de sexto de primaria.
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La Segunda Sala de la Corte determinó que la Secretaría de Educación Pública (SEP) incurrió en una transgresión al utilizar el nombre de Córdova como ejemplo de discriminación en el libro “Proyectos Comunitarios” correspondiente a los ciclos escolares 2023-2024 y 2024-2025.
Con tres votos a favor y dos en contra, los ministros resolvieron que la SEP debe suspender la distribución del libro, eliminar cualquier mención a Córdova en futuras ediciones y en la versión digital, así como reeditar la obra.
La controversia se remonta a mayo de 2015, cuando se difundió un audio de una conversación privada entre Lorenzo Córdova y el entonces secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo.
En la grabación, Córdova imitaba a un líder indígena tras una reunión, lo que fue considerado por muchos como una burla.
Pese a que el exfuncionario ofreció una disculpa pública y condenó la intervención ilegal de su llamada, la SEP retomó el episodio en uno de sus libros.
En la página 234 del texto, se puede leer:“2015. En México, el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, se mofa de los representantes de las naciones originarias.”
Córdova impugnó dicha publicación en agosto de 2023, argumentando que lo retrata como una persona “discriminatoria y violenta”, afectando su dignidad, reputación y derecho a la presunción de inocencia.
También alegó que vulneraba los derechos de la niñez a recibir una educación objetiva.
El proyecto aprobado por la Corte fue presentado por el ministro Javier Laynez Potisek y apoyado por los ministros Alberto Pérez Dayán y Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien fue llamado desde la Primera Sala para desempatar la votación.
En el fallo, los ministros señalaron que la SEP presentó el episodio de forma descontextualizada, magnificando un hecho aislado y dañando gravemente la imagen pública del exconsejero.
“Solo muestra una parte de los hechos que dieron su origen y demerita las cualidades morales y profesionales que ha demostrado a lo largo de su carrera académica y profesional”, señala la sentencia.
La Corte también consideró que, si bien Córdova no tenía interés legítimo para invocar el derecho a la educación en nombre de la infancia, sí se acreditó la afectación directa a su derecho al honor.
El fallo obliga a la Secretaría de Educación Pública a:
Cabe destacar que, para el ciclo escolar 2024-2025, la SEP ya distribuyó más de 82 millones de libros de texto, por lo que la implementación del fallo representa un reto logístico significativo.