
Foto: Cuartoscuro
SCJN rechaza reducir condena a feminicida y reafirma la centralidad de la perspectiva de género en la justicia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró el paso a una interpretación judicial que pretendía usar el derecho a la reinserción social como argumento para reducir las penas por feminicidio.
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Por unanimidad, las ministras y ministros rechazaron disminuir de 50 a 42 años la condena impuesta a Diego Urik Mañón Melgoza, asesino de una joven maestra en Michoacán, y reafirmaron que este principio no puede anteponerse al derecho de las víctimas ni a la perspectiva de género.
La interpretación que la Corte frenó surgió cuando la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia de Michoacán decidió reducir la sentencia del feminicida, argumentando que su edad —18 años al momento del crimen— le otorgaba un mayor derecho a la reinserción social.
El máximo tribunal consideró esa lectura errónea y peligrosa, pues distorsiona el sentido del artículo constitucional sobre reinserción, que busca la readaptación posterior a una pena, no la disminución del castigo.
Al revertir la reducción, la Corte sostuvo que el principio de reinserción no puede usarse como un beneficio que atenúe la responsabilidad penal en casos de violencia de género.
El crimen ocurrió en septiembre de 2020, cuando la víctima —una docente de 21 años— fue agredida sexualmente y asesinada en Morelia.
En 2023, un juez dictó una pena de 50 años de prisión, pero el sentenciado apeló, argumentando que tenía 18 años al momento del feminicidio y debía beneficiarse con una reducción bajo el principio de reinserción social.
La Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia de Michoacán aceptó el planteamiento y le redujo la condena. Sin embargo, los familiares de la víctima impugnaron sin éxito, hasta que el caso llegó a la Corte.
La ministra Loretta Ortiz precisó que el derecho a la reinserción social “no es un parámetro objetivo para individualizar una pena”, pues antes debe considerarse el derecho de las víctimas y la perspectiva de género en la sentencia.
“El asunto versa sobre un feminicidio que tiene como trasfondo la violencia, discriminación estructural y condiciones de subordinación histórica a las que han estado sometidas las mujeres, y que en muchas ocasiones derivan en su muerte violenta”, señaló Ortiz.
Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel subrayó la trascendencia simbólica de la resolución:
“Debemos hablar en nombre de cientos de miles de mujeres que todos los días son violentadas, vejadas y discriminadas. Lo primero que debemos hacer es garantizar que estos crímenes no queden impunes”.
El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz respaldó la decisión y advirtió que el fallo de la Sala Penal debiera ser revisado a fondo:
“Hay elementos que obligan a examinar el actuar de quienes disminuyeron la pena”, sostuvo.
La Corte revocó la reducción y ordenó emitir una nueva sentencia, reafirmando que la perspectiva de género es un eje indispensable en la impartición de justicia penal.