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SCJN avala bonos especiales para personal del IMSS expuesto a riesgos biológicos

La SCJN declaró constitucional el artículo 10 del reglamento del IMSS, avalando bonos y prestaciones para trabajadores

El Pleno de la Suprema Corte con ministras y ministros.

Foto: Cuartoscuro

Salvador Maceda

Salvador Maceda

Publicada: feb 19 a las 20:07, 2026

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó el esquema de prestaciones y bonos especiales para personal del IMSS expuesto de manera constante a riesgos biológicos, tras declarar constitucional el artículo 10 del Reglamento de Infectocontagiosidad y Emanaciones Radioactivas del Seguro Social.

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Con esa determinación, la Corte confirmó que los incentivos se justifican por la exposición constante y permanente en áreas de alta peligrosidad, y que aplican para un catálogo de especialidades y funciones que incluye a hematólogos e infectólogos, laboratoristas, patólogos, médicos no familiares adscritos a hospitales de cuidados intensivos y unidades pediátricas, médicos para el traslado de pacientes en terapia intensiva y técnicos en aparatos de electrodiagnóstico.

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentó este miércoles su primer informe de actividades

Foto: Cuartoscuro

El precedente se construyó a partir del reclamo de una doctora de Chihuahua adscrita a una división de cirugía, quien llevó el asunto hasta el máximo tribunal para que se le reconocieran esos beneficios. La resolución, sin embargo, no le favoreció porque en su caso, no estaba incluida en los supuestos del reglamente y, por tanto, no podía acceder a las bonificaciones; sin embargo su litigio contribuyó a que la Corte se pronunciara sobre la constitucionalidad de esas prestaciones.

En la discusión, la ministra Yasmín Esquivel sostuvo que el trato diferenciado tiene sustento porque no todas las personas con la profesión médica enfrentan la misma forma e intensidad de exposición al riesgo de contagio e infección. Bajo esa óptica, argumentó que el precepto es constitucional mediante una interpretación conforme, al estar objetivamente justificado por el riesgo constante y permanente al que se encuentran expuestos quienes están adscritos a áreas de alta peligrosidad.

Yasmín Esquivel

Foto: Cuartoscuro

Aunque el artículo fue validado, el alcance del listado abrió un debate dentro del pleno. El ministro Giovanni Figueroa advirtió que el derecho no debería limitarse a determinadas áreas y consideró que otras médicas y médicos también podrían reclamarlo. “Como ocurrió con muchas personas que de manera honorable prestaron sus servicios durante la pandemia de covid-19”, dijo, al plantear que debe otorgarse la oportunidad a quienes no figuren en el catálogo para que ofrezcan las pruebas que estimen pertinentes. También señaló que negar beneficios a quienes no contempla la norma, eventualmente podría ser violatorio del derecho a la igualdad.

La constitucionalidad del artículo 10 fue aprobada con siete votos a favor y dos en contra.