
Foto: Cuartoscuro
El banco insignia de la administración de AMLO calificó la publicación de sus sanciones como una “picota digital” y acusó descrédito dentro del sistema financiero.

El Banco del Bienestar, una de las instituciones insignia de la administración de Andrés Manuel López Obrador, fue multado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) con una sanción de 4.1 millones de pesos, tras detectarse múltiples fallas en sus controles internos y operativos.
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Según información del periódico Reforma, las multas fueron notificadas el pasado 16 de abril. En respuesta, el banco promovió un amparo donde acusó a la CNBV de exponerlo a una “daño reputacional irreversible e irreparable”, por publicar las sanciones en su portal de internet, como lo dicta la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).
“Es un acto con efectos infamantes, pues implica la exhibición pública anticipada del Banco del Bienestar como infractor en un portal de internet, generando descrédito, escarnio y afectación irreversible a su honor, prestigio y reputación institucional dentro del sistema financiero”, sostuvo la dependencia en el amparo presentado el pasado 12 de mayo.

La CNBV reportó que el Banbienestar “omitió implementar medidas en el procedimiento para las operaciones de retiro de efectivo por parte de sus clientes en su red de sucursales, tendentes a evitar que terceros o personal del banco lo utilicen para la comisión de actos ilícitos o irregulares”.
Previamente, en 2022, la CNBV reprobó que el banco no reconoció debidamente todos los costos derivados de la construcción y puesta en operación de las más de 2 mil 500 sucursales ordenadas por López Obrador.
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Cabe recordar que la inversión en sucursales fue tan elevada que, en junio de 2024, el banco tuvo que solicitar a la CNBV un permiso especial para no quedar sujeto al artículo 55 de la LIC, el cual establece que las instituciones bancarias no pueden destinar más del 60% de la parte básica de su capital neto a inmuebles, mobiliario y equipo.
Sin embargo, la CNBV autorizó a Banbienestar a mantener hasta el 69.3% de su capital en estos rubros, con vigencia hasta diciembre de 2028.

El Banco del Bienestar también pidió declarar inconstitucional el artículo 108 Bis 8 de la LIC que es el que ordena a la CNBV “hacer del conocimiento del público en general, a través de su portal de internet, las sanciones que al efecto se impongan”.
Según el Banco del Bienestar, esta norma es una forma moderna de “picota pública” o “picota digital”, porque difunde sanciones que aún no han sido confirmadas luego de un juicio.
Por su parte, Salvador Mejía, especialista en prevención de lavado de dinero, calificó la postura como “irracional” y “desmedida”, además de que es un lenguaje “peligrosísimo”, en una entrevista con Luis Cárdenas.
“El Banco del Bienestar actúa de una forma u otra como cualquier institución financiera que opera en México. Entonces, está sujeta a que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores efectúe inspecciones”, indicó.