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SCJN avala ‘Ley del Litio’ de AMLO: será patrimonio exclusivo del Estado

Por unanimidad, el máximo tribunal desechó la impugnación de la oposición y determinó que no se requiere consulta indígena para declarar al mineral como recurso estratégico

AMLO presentando LitioMX y el decreto para la nacionalización

Foto: Presidencia

Salvador Maceda

Salvador Maceda

Publicada: mar 24 a las 20:05, 2026

La Suprema Corte de Justicia de la Nación volvió a dar respaldo a una de las apuestas legales impulsadas en el sexenio de Andrés Manuel López Obrador al validar la reforma de 2022 a la Ley Minera que declaró al litio patrimonio de la nación y reservó su exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento exclusivamente al Estado mexicano.

Suprema Corte

Foto: Cuartoscuro

La decisión también confirmó sorpresivamente que, para su promulgación, no era exigible una consulta previa a pueblos indígenas y afromexicanos, al considerar que la norma no generó por sí misma una afectación directa sobre comunidades.

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Corte ‘batea’ a la oposición

Por unanimidad, el pleno resolvió que la acción de inconstitucionalidad promovida por una minoría de senadores de oposición era infundada y sostuvo que la reforma no vulnera el parámetro de regularidad constitucional. Con ello, el máximo tribunal dejó firme uno de los cambios normativos promovidos por el entonces presidente López Obrador, al validar los artículos 1, 5 Bis y 10 de la Ley Minera.

La ministra Sara Irene Herrerías Guerra, ponente del asunto, sostuvo que los conceptos de invalidez habían quedado sin sustento tras la reforma constitucional del 31 de octubre de 2024, que incorporó expresamente al litio como área estratégica en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución. A partir de ese cambio, expuso, el régimen impugnado quedó plenamente respaldado, pues no excede la Carta Magna, sino que la desarrolla. Bajo esa lógica, se reconoció la validez del subsistema normativo que declara al litio de utilidad pública, prohíbe concesiones a particulares y reserva su explotación de manera exclusiva al Estado.

sara-irene-herrerias

Foto: Cuartoscuro

En la discusión, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, propuso inicialmente sobreseer el recurso al considerar que la reforma constitucional de 2024 había desplazado el reclamo original. Señaló que la demanda presentada en 2022 partía de dos objeciones centrales, la declaración del litio como recurso estratégico y la prohibición de otorgar concesiones, pero estimó que ambos puntos habían quedado rebasados por la nueva redacción constitucional, que ya elevó expresamente ese mineral a la categoría de área estratégica.

Hugo Aguilar

Foto: Autor desconocido

Esa salida no reunió consenso. Siete ministros consideraron que la impugnación seguía viva y que el fondo debía resolverse. Ya frente a esa mayoría, tanto Hugo Aguilar Ortiz como la ministra María Estela Ríos González votaron por la validez de las disposiciones controvertidas.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa también se pronunció por declarar infundados los argumentos de los legisladores de oposición, aunque anunció un voto concurrente para precisar que las normas del decreto de 20 de abril de 2022 sujetas a estudio particular eran el artículo 1, el artículo 5 Bis, el artículo 9 en su primer párrafo, el artículo 10 en sus párrafos primero y tercero, así como el artículo tercero transitorio.

Uno de los ejes de la impugnación fue la falta de consulta a pueblos indígenas y afromexicanos. La Corte desestimó también ese argumento al considerar que la reforma sólo redefine de manera general la rectoría estatal sobre el litio y que la exigencia de consulta se actualiza hasta la puesta en marcha de proyectos concretos, no frente a la sola expedición de la norma.

Día Mundial de los Pueblos Indígenas

Foto: Cuartoscuro

La legislación validada establece que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos ni autorizaciones en materia de litio. También dispone que serán consideradas zonas de reserva minera aquellas donde existan yacimientos de ese recurso y prevé que el Servicio Geológico Mexicano auxilie al organismo público descentralizado encargado de la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio en la ubicación y reconocimiento de áreas geológicas con reservas probables.

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Además, la reforma señala que, en la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio y de sus cadenas de valor, será deber del Estado mexicano proteger y garantizar la salud de los mexicanos, el medio ambiente y los derechos de los pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas.