
Por autonomía universitaria, juez federal declara improcedente el primer amparo contra la suspensión del examen de ingreso a la UNAM - Foto: Cuartoscuro
Un juez federal desechó el primer amparo promovido contra la suspensión del examen de la UNAM, argumentando la autonomía universitaria de la institución

Un juez federal desechó el primer juicio de amparo promovido contra la suspensión del examen de admisión de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), luego de las irregularidades detectadas durante el proceso.
De acuerdo con El Universal, a demanda fue presentada el 4 de agosto por Brenda Haydde Balderas García, quien había aprobado la prueba de ingreso y buscó impugnar la decisión atribuida al rector de la UNAM, Leonardo Lomelí Venegas.
El recurso fue resuelto por Ulises Oswaldo Rivera González, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, al considerar que la demanda era improcedente porque las universidades públicas autónomas pueden establecer sus propios requisitos y procesos de admisión.
“Procede desecharla de plano, porque se advierte un motivo indudable y manifiesto de improcedencia”, determinó el juez.

Rivera González basó su resolución en un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la autonomía de las universidades públicas.
La jurisprudencia establece que estas instituciones pueden definir las condiciones para prestar sus servicios educativos y establecer requisitos de ingreso, promoción y permanencia.
Por ello, el juez concluyó que la decisión de admitir o no a una persona como estudiante no puede impugnarse automáticamente mediante un juicio de amparo.
La resolución distingue entre una persona que participa en un proceso de admisión y un estudiante formalmente inscrito.
Según el juzgado, un aspirante solo tiene derecho a participar en la selección conforme a las reglas establecidas por la universidad. La calidad de alumno se adquiere cuando la institución lo admite y realiza su inscripción.
Hasta ese momento, explicó el juez, no se generan los derechos y obligaciones propios de un estudiante universitario.

El punto determinante fue que Brenda Haydde Balderas García todavía no era alumna de la UNAM cuando presentó la demanda.
Aunque había acreditado el examen de ingreso, el juzgado consideró que no estaba formalmente inscrita en la Universidad. Por ello, determinó que no podía utilizar el juicio de amparo para impugnar la decisión relacionada con su admisión.
La demanda fue desechada con fundamento en la Ley de Amparo y en los criterios de la SCJN sobre autonomía universitaria.

La resolución representa el primer revés judicial para quienes buscan impugnar la suspensión del examen de admisión de la UNAM.
El fallo no modifica por sí mismo la controversia sobre las irregularidades detectadas en el proceso, pero establece que, en este caso, la vía del amparo no era procedente porque la promovente aún no tenía la calidad jurídica de alumna.
La Universidad dio a conocer que el examen de control se realizará del 12 al 19 de agosto de 2026.