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Nacional

Juez desecha primer amparo contra suspensión del examen de admisión de la UNAM

Un juez federal desechó el primer amparo promovido contra la suspensión del examen de la UNAM, argumentando la autonomía universitaria de la institución

Dos personas de pie en una explanada soleada de Ciudad Universitaria, con la Biblioteca Central de la UNAM al fondo, sostienen carteles de protesta. A la izquierda, una persona con playera verde de la Selección Mexicana levanta un letrero blanco que dice "ASPIRANTE SELECCIONADO NO SERÁS BURLADO". A la derecha, una mujer de cabello rojo, lentes y blusa blanca con puntos, sostiene dos carteles: uno blanco que dice "MIS ACIERTOS SON PRODUCTO DE TRABAJO Y ESFUERZO COTIDIANO NO SON UN DATO FUERA DE UN 'COMPORTAMIENTO ESTADÍSTICO IDÓNEO'" y otro negro que dice "CON ESFUERZO ENTRÉ, MI LUGAR DEFENDERÉ". Al fondo hay árboles, una sombrilla rosa y un camarógrafo.

Por autonomía universitaria, juez federal declara improcedente el primer amparo contra la suspensión del examen de ingreso a la UNAM - Foto: Cuartoscuro

Un juez federal desechó el primer juicio de amparo promovido contra la suspensión del examen de admisión de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), luego de las irregularidades detectadas durante el proceso.

De acuerdo con El Universal, a demanda fue presentada el 4 de agosto por Brenda Haydde Balderas García, quien había aprobado la prueba de ingreso y buscó impugnar la decisión atribuida al rector de la UNAM, Leonardo Lomelí Venegas.

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El recurso fue resuelto por Ulises Oswaldo Rivera González, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, al considerar que la demanda era improcedente porque las universidades públicas autónomas pueden establecer sus propios requisitos y procesos de admisión.

“Procede desecharla de plano, porque se advierte un motivo indudable y manifiesto de improcedencia”, determinó el juez.

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UNAM

Foto: Cuartoscuro

La autonomía de la UNAM fue clave para desechar el amparo

Rivera González basó su resolución en un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la autonomía de las universidades públicas.

La jurisprudencia establece que estas instituciones pueden definir las condiciones para prestar sus servicios educativos y establecer requisitos de ingreso, promoción y permanencia.

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Por ello, el juez concluyó que la decisión de admitir o no a una persona como estudiante no puede impugnarse automáticamente mediante un juicio de amparo.

Aspirantes no tienen los mismos derechos que alumnos

La resolución distingue entre una persona que participa en un proceso de admisión y un estudiante formalmente inscrito.

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Según el juzgado, un aspirante solo tiene derecho a participar en la selección conforme a las reglas establecidas por la universidad. La calidad de alumno se adquiere cuando la institución lo admite y realiza su inscripción.

Hasta ese momento, explicó el juez, no se generan los derechos y obligaciones propios de un estudiante universitario.

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Jóvenes UNAM

Foto: Cuartoscuro

¿Por qué desecharon el amparo contra la UNAM?

El punto determinante fue que Brenda Haydde Balderas García todavía no era alumna de la UNAM cuando presentó la demanda.

Aunque había acreditado el examen de ingreso, el juzgado consideró que no estaba formalmente inscrita en la Universidad. Por ello, determinó que no podía utilizar el juicio de amparo para impugnar la decisión relacionada con su admisión.

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La demanda fue desechada con fundamento en la Ley de Amparo y en los criterios de la SCJN sobre autonomía universitaria.

UNAM

Foto: Captura de Pantalla

El primer amparo contra el examen no prospera

La resolución representa el primer revés judicial para quienes buscan impugnar la suspensión del examen de admisión de la UNAM.

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El fallo no modifica por sí mismo la controversia sobre las irregularidades detectadas en el proceso, pero establece que, en este caso, la vía del amparo no era procedente porque la promovente aún no tenía la calidad jurídica de alumna.

La Universidad dio a conocer que el examen de control se realizará del 12 al 19 de agosto de 2026.

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