
Foto: Cuartoscuro.
Con 292 votos a favor, Morena y sus aliados aprobaron en lo general y particular la prohibición total a los vapeadores.

Morena y aliados de la Cámara de Diputados aprobaron en lo general y lo particular la reforma a la Ley General de Salud para prohibir la comercialización de los vapeadores y cigarrillos electrónicos.
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Tras casi 9 horas de debate, el Pleno de San Lázaro aprobó en lo particular con 292 votos a favor, 163 votos en contra y 0 abstenciones el dictamen de la reforma a la Ley General de Salud que, entre otros aspectos, prohíbe la comercialización y transportación de estos dispositivos.
La aprobación en lo particular incluye la reserva presentada por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, en donde se elimina la criminalización por el uso de estos dispositivos.
No obstante, Morena había aprobado en lo general, con 324 votos a favor, 129 en contra y 0 abstenciones, la reforma que agregaba una pena de 1 a 8 años de prisión por el uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos.
Monreal modificó el dictamen a través del que se prohíbe la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos y vapeadores.
Además exceptúa la prohibición para su consumo y posesión cuando no se destine a las actividades mencionadas.
Una vez votada en lo general, Monreal Ávila presentó una serie de reservas a los artículos 282 Ter y 282 Quater de la Ley General de Salud en materia de prohibición de cigarrillos electrónicos y vapeadores; así como para fortalecer la atención de la salud de la población.
El cambio al artículo 282 Quater sustituye la prohibición absoluta de cigarrillos electrónicos y vapeadores por una prohibición focalizada en la comercialización y actividades económicas, incluyendo equipos desechables.
Esto busca limitar el acceso, especialmente de menores, sin criminalizar la posesión o el consumo individual, ofreciendo un instrumento regulatorio y cerrando lagunas de importación y reclasificación.

La modificación al artículo 282 Ter ajusta la definición de dispositivos de inhalación electrónica, centrándose en el calentamiento de sustancias líquidas, geles o formulaciones sintéticas, con o sin nicotina, en lugar de la ambigua exclusión de productos “diferentes al tabaco”.
Esto evita estrategias de evasión regulatoria y da claridad a la autoridad sanitaria, señaló Monreal.

Diputados de la oposición reconocieron la modificación de la reforma para eliminar la criminalización al uso de estos dispositivos.
Diputados del PAN afirmó que ante las críticas contra Morena se modificó el dictamen al “corregirles la plana”.
No obstante, reclamó que se siga criminalizando la comercialización de estos dispositivos, pero que deja libre la portación de estupefacientes como los 2 gramos a opios y otras sustancias.
En ese sentido, afirmó que lo que se debe regular no prohibir el uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos.
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La reforma a la Ley General de Salud también incluye otras modificaciones a Cofepris y Conamed.
La propuesta busca fortalecer las atribuciones de Cofepris para permitirle actuar de manera más ágil, simplificar y acelerar trámites, consolidando su papel como autoridad técnica y reguladora en materia de insumos para la salud.
Las modificaciones a la Ley General de Salud también buscan otorgar mayor claridad normativa a COFEPRIS en los procedimientos de verificación y registro, lo que reduce la discrecionalidad y fortalece la transparencia, la trazabilidad y la vigilancia post-comercialización de medicamentos y productos.
Además a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) se constituye como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud, dotado de plena autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión.
Opositores han señalado que esto limita su independencia y la coloca en una posición subordinada frente a las mismas autoridades que debe vigilar.
La reforma aprobada por Morena y aliados también incluye la eliminación del candado que garantiza que el 8% del Fondo de Salud para el Bienestar (Fonsabi) se destine a la atención de enfermedades graves de la población sin seguridad social.